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Quiere cancelar una cuenta por temor a que el cotitular cause un descubierto y el banco no lo permite sin el consentimiento de éste


Quiere cancelar una cuenta por temor a que el cotitular cause un descubierto y el banco no lo permite sin el consentimiento de éste


Tengo una cuenta a medias con un familiar y me gustaría cancelarla, pero en el banco me dicen que no puedo. Temo que en cualquier momento cause un descubierto. ¿Estoy obligado a tener esa cuenta? ¿Qué puedo hacer?
Puede resultar chocante, pero éste es un problema frecuente, que origina numerosas consultas al Banco de España. Así lo acredita la Memoria del Servicio de Reclamaciones de la citada institución del año 2008. Debido a su recurrencia, hay ya un criterio al respecto: la negativa del banco o caja es correcta. Ello es así porque para cancelar una cuenta en la que constan varios cotitulares es requisito imprescindible el consentimiento de todos quienes lo prestaron al abrirla y que a esa fecha figuren como titulares.
Al usuario no le queda más solución que pedir el consentimiento del familiar con quien la comparte. Si no lo consigue o no quiere hacerlo, logrará el efecto deseado si en lugar de solicitar a la entidad la cancelación, pide dejar de figurar como titular en esa cuenta. Las entidades deben acceder a esta petición. No obstante, podría haber justas causas para que el banco o caja se negara:descubiertos, deudas pendientes u otros productos vinculados que no se hubieran cancelado y cuyo mantenimiento exigiera la titularidad de una cuenta por la persona que solicite la baja.
Si no se consigue el consentimiento del cotitular para cancelar una cuenta, se puede pedir dejar la titularidad de la misma
En este caso, se aconseja pedir al banco no figurar más como titular de la cuenta. Es habitual que la gestión sea satisfactoria, en cuyo caso la entidad debe poner en conocimiento del otro titular o cotitulares el cambio, ya que es una modificación contractual que debe conocerse.
Si no se permite al cliente dejar de figurar como titular, éste puede reclamar por escrito fehaciente. Para ello, basta con presentarlo personalmente y solicitar sello de la entidad en una copia que debe conservar el usuario. La reclamación debe dirigirse en primera instancia al director de la sucursal y, en segunda, alservicio de atención al cliente. Además, se puede acudir al Banco de España y, si se necesitara, recabar la ayuda y asesoramiento de los servicios de consumo del municipio o provincia.